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Cédulas
de Habitabilidad:
el Loft autorizado.
Muchas veces las normativas legales
parecen estar fuera
de época. Algo así ocurre con las cédulas de
habitabilidad para
los nuevos espacios reconvertidos en loft. Las
cédulas de
habitabilidad acreditan la aptitud de las condiciones
edilicias
para vivir en un espacio y son imprescindibles para dar de
alta el agua, gas y luz.
Los loft surgieron de locales
comerciales
o naves industriales que fueron remodelados y convertidos en
espacios para vivir, trabajar o ambas cosas.
Hoy, muchos jóvenes profesionales han
adoptado estas edifica-
ciones para trabajar desde un lugar que reúne la
comodidad de su
hogar y una estética relajada y moderna. Los entendidos
en el tema
dicen que el loft es un 30 % más barato que una vivienda
y
que permiten recuperar zonas muertas en zonas industriales
que ya no están en funcionamiento.
Sin embargo, el Ayuntamiento no
acuerda con su uso residencial. Específicamente, la Gerencia
Municipal de Urbanismo es la que
quiere evitar la ocupación ilegal en los
edificios industriales que
se transforman en lofts; y advierte que
sancionará a aquellos que
infrinjan su posición. Este organismo solo
esta de acuerdo con su
uso industrial, comercial y empresarial.
Igualmente es posible tramitar
la cédula de habitabilidad para cambiar
su uso a vivienda residencial.
Para
obtener la cédula de habitabilidad del Ayuntamiento,
el inmueble debe
cumplir con todos los requisitos de
higiene y ventilación principalmente
(algo ineludible para obtener
la previa licencia de obra y la de apertura del local) y, se debe presen-
tar planos del local con las
reformas que se han echo para solicitar
los permisos pero todo esto es
muy lento y caro y casi siempre lo
deniegan. Lo cierto es que la
concesión del cambio de uso y de
la cédula de habitabilidad tarda entre
seis meses y año y medio.
Si el
ayuntamiento acepta el cambio de uso, es decir el cambio de lo-
cal a
vivienda, va a tener que pagar a un notario para hacer de nuevo
la escritura donde conste que es una vivienda y pagar el registro de la
propiedad para que conste en el registro que la finca es una vivienda.
Pero es
difícil que el Ayuntamiento acepte el cambio de uso porque
cada edificio
tiene que cumplir una normativa respecto a la canti-
dad de viviendas que
puede haber y por la densidad de vivienda
en la zona que estipula el
plan urbanístico de la zona.
De todos modos, los propietarios
tienen varias formas
de evitar todo tipo de sanción: primero debido a la
ausencia de
una legislación específica, segundo, acreditando el
ejercicio
de una actividad profesional y/o comercial; y tercero,
demostrando que está en trámite la solicitud de cambio
de uso
o la
cédula de habitabilidad.
Las edificaciones transformadas
a loft se pueden distinguir en tres tipos:
1.
Edificaciones Industriales y Semi-Industriales:
En ellas se
asienta una normativa bastante restrictiva. De todas
formas, en zonas
urbanas como Madrid se los han utilizado para
actividades empresariales
relacionadas a la informática y progra-
mación considerando, así, que se le está dando un uso industrial.
2.
Edificaciones Terciarias: Pueden tratarse de nuevas plantas
o
edificios rehabilitados. Generalmente se permite su uso profesional
y en
el momento de adquirir un loft en estas edificaciones, la empresa
comercializadora lo remarcará ya que el IVA que se paga por ellos es
de
un 16%, en vez del 7% como se aplicaría si se tratara de una
residencia. No obstante, es inutilizable una cuenta vivienda en la
adquisición; y no se desgravará en la declaración de la Renta
como si se
tratara de su casa porque para los papeles se
está comprando un espacio
para desarrollar una actividad.
3.
Locales Comerciales: Los locales comerciales urbanos
son, en muchos
casos ya ocupados por centenas de españoles
que los han acondicionado y
transformado en viviendas a través
de empresas especializadas en esta
actividad concreta.
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